La Comisión Interamericana y sus competencias

Naturaleza, composición y las competencias del artículo 41 CADH: monitoreo, relatorías, peticiones individuales y medidas cautelares.

Equipo Tramitando24 de agosto de 20262 min305 palabrasAño 4
CIDHmedidas cautelaresrelatoríasartículo 41 CADH

Naturaleza y composición

La Comisión es órgano principal y autónomo de la OEA (art. 106 de la Carta) y, a la vez, órgano de la CADH. Esa doble naturaleza explica que pueda actuar respecto de Estados que no son parte en la Convención.

Composición: siete miembros, elegidos a título personal por la Asamblea General de la OEA de una lista de candidatos propuestos por los Estados, por un período de cuatro años, reelegibles una sola vez.

No representan a sus Estados y deben ser personas de alta autoridad moral y reconocida versación en materia de derechos humanos.

Competencias (art. 41 CADH)

  • Función promocional: estimular la conciencia de los derechos humanos en América.
  • Función asesora: formular recomendaciones a los Estados y atender consultas.
  • Función de monitoreo: elaborar informes anuales, informes temáticos e informes de país; realizar visitas in loco; requerir información a los Estados.
  • Relatorías, entre ellas la Relatoría Especial para la Libertad de Expresión.
  • Sistema de peticiones individuales (arts. 44 a 51 CADH).
  • Medidas cautelares (art. 25 de su Reglamento) en situaciones de gravedad y urgencia que presenten riesgo de daño irreparable.
  • Solicitar a la Corte medidas provisionales en asuntos aún no sometidos a su conocimiento (art. 63.2 CADH).
  • Someter casos a la Corte IDH (art. 61.1) y comparecer ante ella.
  • Solicitar opiniones consultivas a la Corte (art. 64).
  • Comunicaciones interestatales (art. 45), sujetas a declaración expresa de aceptación.

Distinción que el examen suele pedir

Medidas cautelares Medidas provisionales
Órgano que las dicta Comisión Corte
Base normativa Art. 25 del Reglamento de la CIDH Art. 63.2 CADH
Estándar Gravedad y urgencia, riesgo de daño irreparable Extrema gravedad y urgencia, necesidad de evitar daños irreparables

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